¿Cómo se denuncia en materia de protección de datos?

Gracias a que cada vez más usuarios conocemos nuestros derechos en lo que a normativas que nos puedan afectar, respecto a la ley de protección de datos, no iba a ser diferente, y cada vez es más gente, la que siente, que se vulneran sus derechos respecto a esta norma. 

Las denuncias presentadas en mayor número son las que se refieren a servicios contratados en internet, videovigilancia, recepción de publicidad y reclamación de deudas. Y las entidades más cuestionadas, son las entidades financieras/acreedoras o bien las que a telecomunicaciones se refiere. 

Lo primero que debes hacer si crees que se está vulnerando de forma ilegítima tus datos personales, es reclamar al responsable del tratamiento, y si no ves que tu reclamación prospere, debes iniciar una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). 

Para presentar una reclamación en esta entidad, debes de rellenar el cuestionario correspondiente junto a una fotocopia del DNI: No suele ser un proceso muy largo si se aportan pruebas o indicios junto a dicha denuncia. Estas reclamaciones son evaluadas antes de ser admitidas a trámite. Pero desde aquí te decimos que, si se trata de los siguientes motivos, van a ser ignoradas: 

  • Carezca de fundamentos 
  • Sean abusivas 
  • No tengan relación de materias de protección de datos 
  • Cuando la persona que es responsable del tratamiento, haya tomado las medidas exigidas por la normativa. 

En el caso de que la reclamación sea admitida, en el plazo de un mes para dar respuesta. Si el asunto es realmente complejo tal vez pueda dilatarse a dos meses. Debes de saber que, en el procedimiento ante la agencia, la sanción que se le pueda poner a la entidad va destinada al tesoro público, no al denunciante. Para que se vea recompensado el denunciante, debería de presentar una demanda por vía civil, reclamando daños y perjuicios en los Tribunales de Justicia pertinentes. 

Las Administraciones Públicas, la Seguridad Social, así como las Administraciones tributarias, están obligadas a facilitar a la Agencia Española de Protección de Datos, los informes, antecedentes, y justificantes necesarios para poder realizar su investigación. Las personas que se encargan de esta investigación serán funcionarios de la AEPD, o pueden ser fusionados ajenos a esta pero habilitados para este menester. 

Si tras la investigación, se comprueba la infracción, se iniciará un procedimiento administrativo sancionador, en el que se determinarán los hechos, también se determinarán las personas a las que se dirige el procedimiento, se estimara la infracción y la posible sanción que se impone. Se procede a un tiempo de alegaciones por parte del interesado, y se emitirá una propuesta de resolución. Y finalmente se dictará una resolución, que pondrá fin a esta reclamación.  

Normalmente los motivos más sencillos por los que se sanciona son: 

  • Envío de emails sin usar CCO 
  • Incumplimiento en materia de videovigilancia. 
  • Comunidad de propietarios no adaptadas a la normativa 
  • Incumplimiento de los requisitos de cookies y textos legales. 
  • Comunidades de propietarios no adaptadas a la normativa. 

Ante la duda de un mal uso de tus datos personales, siempre es aconsejable el acudir a un profesional que pueda asesorarte en lo que a lo legal se refiere.